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Más de 350,000 personas regularizan su documentación en la República Dominicana

La República Dominicana ha puesto en marcha, bajo la presidencia de Danilo Medina, la iniciativa más ambiciosa en la historia del país en materia de regularización y documentación de toda la población que habita el territorio nacional.
 
Para lograrlo, se han establecido dos mecanismos: la Ley Especial 169-14, para personas nacidas en República Dominicana, hijas de padres extranjeros en situación irregular y el Plan Nacional de Regularización para Extranjeros.
 
Fruto de estas dos iniciativas más de 350,000 personas que estaban al margen de la ley hoy están dentro de un marco legal y tienen sus derechos jurídicos garantizados.
 
Si tomamos como referencia la Encuesta Nacional de Inmigrantes ONE – Unión Europea 2012, podemos afirmar que hemos pasado de tener un 20% de población migrante con estatus regular a un 75% de regularizados.
 
¿Qué es el Plan Nacional de Regularización?
Es una iniciativa especial, impulsada por el Ministerio de Interior y Policía,  destinada a corregir situaciones migratorias de las personas que están en el país de manera irregular, es decir, sin la debida documentación.
 
El plan se ejecutó durante 18 meses, que una vez cumplidos, concedió a los solicitantes el estatus migratorio correspondiente a sus circunstancias.
 
¿Qué resultados se han logrado con el Plan Nacional de Regularización?
Desde el inicio del plan, un total de288,466  mil personas solicitaron su regularización. Este proceso ha permitido individualizar la situación de miles de personas que estaban fuera del sistema legal. Ahora contamos con datos confiables de cada uno de ellos y de su estatus.  Este es un gran paso para el ordenamiento administrativo e identificación rigurosa de la población.
 
¿Qué es la Ley Especial 169-14? 
Es una normativa para ordenar los registros documentales del país y dotar de la debida documentación a poblaciones que se encontraban en situación de vulnerabilidad. Esta ley establece dos grandes grupos de personas beneficiarias que se denominaron A y B, de acuerdo a su estatus documental.  
 
Grupo A: Corresponde a personas nacidas en la República Dominicana, hijos de ambos padres extranjeros en situación irregular y que cuentan con algún tipo de documento expedido por la República Dominicana que los acredita como nacionales.
 
Grupo B: Está conformado por hijos de padres extranjeros en situación migratoria irregular nacidos en República Dominicana y que no contaban con ninguna documentación.
 

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