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Rechazan idea de referendo para definir el aborto

¿Sería posible acabar con el debate sobre la despenalización del aborto en República Dominicana, a través de un referendo? La consulta popular fue la solución que encontró Portugal en el año 2007, cuando a la pregunta: “¿Está de acuerdo con la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, si se lleva a cabo por opción de la mujer, en las primeras 10 semanas, en un establecimiento de salud legalmente autorizado?, el “Sí” se impuso con un 59%. 


La figura del referendo en República Dominicana nace con la Constitución del 2010. Desde su creación nunca se ha celebrado alguno, ni tampoco se ha creado una ley que lo regule, tal y como lo establece la Carta Magna en su artículo 210. Precisamente, una consulta popular vendría primero a condicionar la creación de una regulación para estos fines. 

Un referendo para tratar el aborto no ha sido bien visto por los expertos en derecho constitucional, Nassef Perdomo Cordero y Namphi Rodríguez. Y están en contra de la idea el Foro Feminista Magaly Pineda, con la voz de Sergia Galván, y Víctor Masalles, obispo auxiliar de la Diócesis de Santo Domingo. Ambos, desde sus convicciones, dicen que una consulta sería negar un derecho fundamental. En el caso de Galván, sería a las mujeres. Masalles asegura que al bebé. Este debate sobre el aborto en República Dominicana es por causas claras: incesto, violación o malformación incompatible con la vida. La Cámara de Diputados aprobó el pasado 19 de julio el Código Penal que castiga el aborto en estos casos. Ahora el proyecto descansa sobre la comisión de justicia y derechos humanos del Senado. 

Qué dice la propuesta de referendo

El juez José Alejandro Vargas ha propuesto este mecanismo para “solucionar el diferendo social, político y jurídico que representa el aborto como tema de derecho”. La idea de Vargas implicaría llamar a consulta, a través del artículo 272 de la Constitución, para preguntar si se modificaría el artículo 37 que reza “el derecho a la vida es inviolable desde su concepción hasta la muerte…”. 

El juez Vargas explica su idea de esta manera: El “sí” o “no” de la cuestión sería tachar donde el artículo 37 de la Constitución dice “desde la concepción”. Se deja lo restante, o con pocas alteraciones, de donde quedaría un texto más o menos: “El derecho a la vida es inviolable”. 

Los expertos opinan

El presidente de la Fundación Prensa y Derecho y profesor de Derecho Constitucional, Namphi Rodríguez, dice que los derechos fundamentales reconocidos por la Constitución no están sujetos a referendo para su vigencia y efectividad. “Si se activa el mecanismo de referendo para decidir si se protege o no a las mujeres en riesgo de perder la vida o de salud, se estarían violando los artículos 7 y 8 de la Constitución, porque el Estado estaría renunciando a lo que es su función esencial de proteger los derechos fundamentales”, enfatizó Rodríguez. 

De acuerdo con el jurista Perdomo Cordero la propuesta de Vargas está incorrecta. Primero, porque una consulta de ese tipo no vendría a aplicarse desde el artículo 272, que condiciona una reforma constitucional ratificada con un referendo aprobatorio. 

Perdomo dice que sería el artículo 210 de la Constitución el que debería aplicarse, o sea, primero crear una ley de regulación de consulta popular. El jurista entiende que no es correcta la afirmación de que para permitir el aborto en República Dominicana es necesario reformar la Constitución. “El artículo 37 protege la vida, incluyendo la de la mujer. Algunas personas asumen que la vida de la mujer embarazada es menos valiosa que el de la criatura que lleva en el vientre y por eso creen que el artículo 37 prohíbe el aborto cuando la vida de la mujer está en peligro, o cuando ha sido violada, es víctima de incesto o la criatura presenta lesiones incompatibles con la vida”, dice Perdomo. 

El aborto no solo despierta la posibilidad de que se haga o no un referendo. Igual entra en escenario la creación de una nueva ley especial que regule las condiciones de interrupción del embarazo, en caso de que en el Código Penal entre las excepciones ya habladas. 

El vicepresidente ejecutivo de la Fundación Institucionalidad y Justicia -Finjus-, Servio Tulio Castaños, ayer nueva vez apoyó las observaciones que hizo el presidente Danilo Medina cuando en noviembre del 2014 detuvo el Código Penal, a fin de que los legisladores especificaran en las excepciones que debían prevalecer en caso de penalizar la interrupción del embarazo. 

Pero aclaró que primero hace falta una ley especial sobre aborto. “Hay que aprobar la ley primero y luego el Código Penal, porque si se aprueba el Código primero, nunca se conocerá la ley”, dijo Servio Tulio.

A favor del referendo

El director del Consejo Nacional del VIH-SIDA (CONAVIHSIDA), Víctor Terrero, dijo que si los legisladores tienen miedo de enfrentar a las iglesias, el país debe abocarse a realizar un referendo para que sea la población quien decida. “Vamos a ponerle en un cuestionario si quieren interrupción del embarazo en condiciones especiales, o no. Ahí terminamos la discusión”. El diputado Elpidio Báez manifestó que está de acuerdo con la propuesta del juez Vargas, de que se someta un referendo para que la población opine.

RD, en la mira de la ONU por el aborto
República Dominicana está dentro de una diminuta lista de seis países que no permiten el aborto bajo ninguna circunstancia, de acuerdo a un informe de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) sobre las Políticas Mundiales de Aborto 2013. Los demás estados son Chile, El Salvador, la Santa Sede, Malta y Nicaragua. República Dominicana ha vuelto otra vez a ser centro de atención de la ONU por esta misma causa. Ayer, el Coordinador Residente de la ONU en el país, Lorenzo Jiménez de Luis, dijo que cuando el presidente Danilo Medina observó la ley del Código Penal el 28 de noviembre del 2014, se comportó como un verdadero jefe de Estado, respetando los derechos humanos de la población. En ese sentido, expresó que no entienden desde la ONU, que República Dominicana haya dado un salto “involucionista”. Se refería a la decisión de la Cámara de Diputados.
Debemos despenalizar el aborto en las condiciones prescritas en términos médicos, de malformaciones, violaciones, de incestos… hay que hacerlo”

Nelson Rodríguez Monegro

Director del Servicio Nacional de Salud

No entendemos desde la ONU, cómo es posible que se haya dado un salto involucionista, con el Código que se presentó…”

Lorenzo Jiménez de Luis

Coordinador de la ONU en el país

Derechos fundamentales no están sujetos a referendo… El derecho a la vida, salud y dignidad de las mujeres no tiene que llevarse a consulta”

Namphi Rodríguez

Presidente Fundación Prensa y Derecho

Estamos en total desacuerdo con que se lleve a cabo un plebiscito, que es un ejercicio más de negación a nuestros derechos”

Sergia Galván 

Del Foro Feminista Magaly Pineda

La vida, la existencia de uno no depende de una democracia que diga “sí” o “no”

Víctor Masalles

Obispo auxiliar de la Arquidiócesis SD

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