SANTO DOMINGO.- El Senado aprobó de urgencia este miércoles en dos sesiones consecutivas el Presupuesto General del Estado para 2016, ascendente a RD$663,558 millones, el cual incluye la amortización de deudas, las cuentas por pagar y otras operaciones.
Rafael Calderón, integrante de la Comisión Bicameral que tuvo a su cargo el estudio del proyecto, leyó el informe favorable, tras pedir que el mismo fuera colocado en la agenda del día y declarado de urgencia.
Dijo que el Presupuesto fue formulado sobre la base de la Estrategia Nacional de Desarrollo, que tiene prioridades y que están consignadas en dicha pieza, consensuada entre el Senado y la Cámara de Diputados, a donde será enviada.
En el proyecto se destinan RD$600 millones adicionales al presupuesto de la Universidad Autónoma de Santo Domingo y RD$3,000 millones para la Junta Central Electoral, para la realización de las elecciones del próximo año.
Se indica que los gastos del Gobierno ascenderían a RD$566,191.08 millones, que refleja un incremento de un 7% respecto a los RD$529,316.01 millones que se tienen establecidos en el presente Presupuesto.
Se tiene previsto que los ingresos del Gobierno en 2016 alcanzarían RD$490,298.03 millones, un aumento de un 7.7% respecto a la recaudación estimada para este año.
También se contempla la asignación del 4% al Ministerio de Educación, el cual supera los RD$10,500 millones, con relación al 2015.
Se destinan recursos para la incorporación de 4 mil nuevos ciudadanos de clase pobre al Régimen Subsidiado de Salud, así como de 50 mil nuevas familias al Programa Progresando con Solidaridad.
Aporta mil millones de pesos al Bandex y asigna RD$500 millones adicionales a Promipyme. Destina RD$300 millones para la microempresa, a través de la Fundación Reserva del país, entre otras partidas que incluye la pieza.
Ley Orgánica Policía
También, el Senado aprobó este jueves, ensegunda lectura y con modificaciones, el proyecto de ley orgánica de la Policía Nacional, que consigna un tope en sus filas de 20 generales, y establece que no se prestará servicio policial a personas físicas o morales ni a establecimientos comerciales, si no se determina que están en grave peligro.
La iniciativa es de la autoría los senadores Julio César Valentín, Adriano Sánchez Roa, Carlos Castillo, Arístides Victoria Yeb y Manuel Antonio Paula.
Sánchez Roa, vocero del PLD y representante por Elías Piña, resaltó que ya se dejará de llamar “Jefe” al titular de la Policía, y en lo adelante se denominará “Director General”, quien desempeñará el cargo durante dos años, y al cumplir ese período, pasará automáticamente a situación de retiro.
Valentín subrayó que la legislación refuerza la imagen de la Policía ante la opinión pública, “porque sus niveles de credibilidad están bastante bajos”.
Explicó que una vez promulgada la ley, se le otorgará al Presidente de la República, un plazo de 24 meses para que haga los ajustes sobre la cantidad de generales y coroneles activos en la Policía.
Entre las modificaciones introducidas a la ley orgánica de la Policía, está un párrafo del artículo 83 se dispone que el tiempo mínimo de antigüedad requerido para optar por el ascenso al rango inmediato nunca será menor de cuatro años y agrega que la violación a esa disposición implica la nulidad del ascenso.
Ese artículo establece como tiempo máximo de permanencia en un grado seis años para el nivel básico y siete para el medio.
Específica que cuando se trate del personal de la carrera policial perteneciente al nivel superior, el tiempo máximo de permanencia en el grado será de ocho años.
El representante por Santiago, indicó que con esta normativa “se acabó el amiguismo para los ascensos y resaltó que la misma constituye una excelente herramienta contra la delincuencia y a favor de la seguridad ciudadana.
Significó que lo conveniente y lo importante no es tener muchos generales, sino que para ascender a ese rango no sea el resultado del “amiguismo” o vínculo con un actor público o político, sino de la hoja de servicio que haya tenido, al tiempo que criticó los ascensos hechos con un año en el rango.
“La idea es que no haya discrecionalidad en los ascensos, sino que éstos obedezcan estrictamente a un período en el rango”, dijo.
El artículo 99 de ley orgánica de la Policía establece que “en ningún caso se asignarán agentes policiales para protección a personas físicas, dominicanas o extranjeras, o de seguridad para compañías privadas, sociedades o asociaciones sin fines de lucro”.
En tanto, el artículo 100 reglamenta que en los casos del los agentes de seguridad asignados a oficiales en retiro, no podrá ser mayor de tres policías, mientras que el artículo 101 establece que no podrán los agentes policiales de seguridad utilizados para actividades distintas a las estrictamente necesarias o relaciones con la función asignadas o destinadas.