SANTO DOMINGO, República Dominicana – 24 de julio de 2025 – El Sexto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional resolvió enviar a juicio de fondo a los señores Francisco Alcántara Sánchez y José Alcántara Sánchez, tras considerar suficientes las pruebas presentadas por el Ministerio Público por el delito de violación a la propiedad privada, tipificado en los artículos 1 y 2 de la Ley 5869 de 1962. Los acusados ingresaron sin consentimiento de los propietarios a una vivienda y grabaron un audiovisual con fines de denuncia pública, sin contar con autorización legal.
La jueza a cargo admitió la querella interpuesta por los propietarios del inmueble, Tomás Santana Carela y Juana Beras de Santana, quienes se constituyeron como víctimas, querellantes y actores civiles, representados legalmente por la Licda. Anny Elizabeth Guzmán Jiménez.
En ese orden, La Licda. Guzmán expresó:
“El ejercicio de la comunicación no es una licencia ni autorización para cometer actos vandálicos o delitos como el de violar propiedades, difamar o injuriar, y es en este sentido que los pseudo‑comunicadores, desconociendo las normas y preceptos legales, se constituyeron en delincuentes de la comunicación.”