El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) dictó la resolución que da un plazo de 75 días a los partidos para que comuniquen su decisión de que ejercerán el derecho a adoptar la modalidad de primarias y el tipo de padrón a utilizar para las mismas, ya sea el padrón cerrado o abierto.
El plazo de 75 días será contado a partir de la comunicación de la resolución a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos.
El plazo de 75 días será contado a partir de la comunicación de la resolución a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos.
El párrafo II del artículo primero de la resolución establece que si una vez transcurrido el plazo la institución política no comunica la decisión sobre la modalidad a emplear “la JCE interpretará que dicho partido, agrupación o movimiento se acoge a otra de las modalidades de selección de candidatos establecidas en la Ley 33-18, ya sean convenciones o asambleas de delegados, de militantes, de dirigentes o encuestas”.
La decisión fue adoptada en la sesión ordinaria efectuada ayer que emitió la resolución 03/2018, la cual establece además los plazos legales para la organización de primarias respecto a los procesos electorales del año 2020, de conformidad a lo establecido en la recién aprobada Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Por otro lado, la Resolución 03/2018 establece los plazos legales para la celebración de primarias, que según la ley tendrán lugar a más tardar el primer domingo del mes de octubre de 2019. Según el calendario de las actividades internas de los partidos, las primarias simultáneas tendrían lugar el domingo 6 de octubre.
La sesión fue presidida por el presidente de la JCE, Julio César Castaños Guzmán, e integrada por los miembros titulares, Roberto Saladín Selin, Carmen Imbert Brugal, Rosario Graciano de los Santos y Juan Bautista Cuevas Medrano, así como por el Secretario General de la JCE, Ramón Hilario Espiñeira Ceballos. La resolución es producto de la ley 33-18 que otorga a ese organismo la responsabilidad de organizar y arbitrar las primarias en los partidos políticos.
Plazos legales y actividades
7 de junio de 2019
a) Los Partidos harán la Reserva de Candidaturas del 20% incluyendo las cedidas por alianzas y coaliciones, debe hacerse en la fecha límite de 30 días antes de la Precampaña que comienza el 7 de julio. Artículo 57.
a) Los Partidos harán la Reserva de Candidaturas del 20% incluyendo las cedidas por alianzas y coaliciones, debe hacerse en la fecha límite de 30 días antes de la Precampaña que comienza el 7 de julio. Artículo 57.
22 de junio de 2019
b) La Reserva de Candidaturas será comunicada en detalle a la JCE por la máxima dirección colegiada de los partidos por lo menos 15 días antes de la apertura oficial de la Precampaña que es el 7 de julio de 2019. Artículo 58, Párrafo III.
b) La Reserva de Candidaturas será comunicada en detalle a la JCE por la máxima dirección colegiada de los partidos por lo menos 15 días antes de la apertura oficial de la Precampaña que es el 7 de julio de 2019. Artículo 58, Párrafo III.
7 de julio de 2019
c) La Precampaña inicia el primer
domingo de julio. Artículo 41.
c) La Precampaña inicia el primer
domingo de julio. Artículo 41.
22 de agosto de 2019
d) Plazo de Registro de precandidaturas en la JCE, por los partidos, se hará 45 días antes de la celebración de las
Primarias. Artículo 50.
d) Plazo de Registro de precandidaturas en la JCE, por los partidos, se hará 45 días antes de la celebración de las
Primarias. Artículo 50.
6 de octubre de 2019
e) Celebración de las Primarias, primer domingo del mes de octubre de 2019. Artículo 46, Párrafo II.
e) Celebración de las Primarias, primer domingo del mes de octubre de 2019. Artículo 46, Párrafo II.
11 de octubre de 2019
f) Resultados Finales a más tardar cinco días después del evento de votación. Artículo 51, Párrafo I.
f) Resultados Finales a más tardar cinco días después del evento de votación. Artículo 51, Párrafo I.
16 de octubre de 2019
g) Proclamación de Candidatos cinco días después del boletín de Resultados Finales. Artículo 51, Párrafo I.
g) Proclamación de Candidatos cinco días después del boletín de Resultados Finales. Artículo 51, Párrafo I.
25 de octubre de 2019
h) Plazo para registro de candidaturas en la JCE, lo harán los partidos 15 días laborables después de la fecha de
celebración de sus procesos internos. Artículo 52.
h) Plazo para registro de candidaturas en la JCE, lo harán los partidos 15 días laborables después de la fecha de
celebración de sus procesos internos. Artículo 52.
72 horas
i) Plazo de 72 horas contado a partir de la devolución de las Candidaturas a los partidos que no han cumplido la cuota de género y juventud. Artículos 53,
Párrafo II y 54, Párrafo II.
i) Plazo de 72 horas contado a partir de la devolución de las Candidaturas a los partidos que no han cumplido la cuota de género y juventud. Artículos 53,
Párrafo II y 54, Párrafo II.